
Por: Gloria Romero Astorga, Administradora Pública, Mag. (C) En Gobierno y Dirección Pública, Postítulo en Ciencia Política.
La discusión en torno al proyecto “Escucha tu corazón” debe analizarse desde un enfoque de políticas públicas centrado en derechos, porque el Estado no solo legisla, sino que también define los límites de la protección efectiva de mujeres y niñas en situaciones de especial vulnerabilidad.
En Chile, la Ley N° 21.030 reconoció la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales como una respuesta institucional a realidades extremas —riesgo vital, inviabilidad fetal de carácter letal y embarazo por violación—, siendo parte de una conquista social impulsada por la movilización femenina y por el debate democrático sobre autonomía, salud y dignidad (Biblioteca del Congreso Nacional de Chile [BCN], 2017).
En ese marco, establecer una exigencia como el “escuchar los latidos” antes de acceder a una prestación ya legalmente reconocida no parece consistente con el principio de no regresividad, ni con el deber estatal de evitar prácticas que puedan profundizar el dolor, la revictimización o la coerción simbólica en mujeres que ya enfrentan una experiencia límite; por el contrario, la política pública debiera orientarse a garantizar acceso oportuno, acompañamiento informado y trato digno, especialmente en casos de niñas, adolescentes y víctimas de violencia sexual.
Desde una perspectiva institucional, más que ampliar garantías, una medida de este tipo podría tensionar el estándar de derechos ya vigente y trasladar la carga emocional de la decisión hacia la paciente, lo que resulta difícil de compatibilizar con un enfoque moderno de salud pública y protección social; en consecuencia, parece más prudente sostener que una democracia madura debe resguardar, no obstaculizar, a quienes ya se encuentran en una condición de sufrimiento y vulnerabilidad.
Dejo para el debate la siguiente pregunta: ¿Qué tipo de política pública construye el Estado cuando, en vez de acompañar a una mujer en una decisión amparada por la ley, introduce un gesto que puede operar como una forma de presión emocional?


